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La UE amplía el procedimiento de infracción contra España por su normativa de fusiones bancarias
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El País04.06.2026Law3 dk okumaSpain

La UE amplía el procedimiento de infracción contra España por su normativa de fusiones bancarias

Auf einen Blick

  • La Comisión Europea ha ampliado un procedimiento de infracción contra España por no actualizar su normativa de fusiones y adquisiciones bancarias, que requiere autorización del Gobierno en lugar del regulador financiero.
  • España tiene dos meses para responder a la advertencia de Bruselas.

KI-generierte Zusammenfassung

Warum es wichtig ist

La Comisión Europea ha ampliado un procedimiento de infracción contra España por no actualizar su normativa de fusiones y adquisiciones bancarias, que actualmente requiere autorización del Gobierno en lugar del regulador financiero. Este procedimiento se inició tras la opa del BBVA sobre el Banco Sabadell y la posterior advertencia de un ciudadano sobre el conflicto normativo.

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La Comisión Europea ha ampliado el procedimiento de infracción abierto sobre España que convulsionó la parte final de la opa lanzada por el BBVA sobre el Banco Sabadell en junio del año pasado. Aunque la exigencia de Bruselas no afecta ni se refería exactamente a la operación que terminó frustrándose en el tramo final de 2025, sí suponía una advertencia sobre la normativa que se aplica en el país en cuanto a fusiones y adquisiciones, que no está debidamente actualizada. Y ahora ha ido a más, en tanto ha enviado una carta adicional de emplazamiento “por no cumplir” con el Reglamento del Mecanismo Único de Supervisión número 1024/2013 del Consejo, la Directiva sobre Requisitos de Capital, así como con los artículos 49 y 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

La normativa bancaria española obliga a las entidades financieras que quieran fusionarse a solicitar autorización al Gobierno. Esto es así desde la crisis financiera, cuando el por entonces Ministro de Economía Luis de Guindos introdujo esta salvaguarda. Sin embargo, la última directiva europea sobre capital, cuyo principal cometido es adaptar a la normativa comunitaria las normas de Basilea IV, también imponía de forma general a los Gobiernos de los distintos países que dejasen en manos del regulador financiero (el Banco de España o el Banco Central Europeo) las autorizaciones a este tipo de transacciones.

España tenía hasta el 10 de enero de este año para trasponer a la legislación española esta directiva. Y consignar la pérdida de este poder por el Gobierno o una limitación relevante del mismo. Este retraso puede llevar a España a exponerse a una sanción por parte de Bruselas.

España dispone ahora de dos meses para responder y corregir las deficiencias señaladas por la Comisión. “En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado, que constituye la siguiente fase del procedimiento de infracción”, advierte la Comisión en una decisión adoptada este jueves.

Bruselas recuerda que, desde el primer emplazamiento remitido el pasado 17 de julio de 2025, ya ha entrado en vigor la Directiva 2024/1619 (CRD VI) y ha expirado el plazo para su transposición. En concreto, lo hizo el pasado 10 de enero. Como consecuencia, la Comisión ha actualizado la evaluación jurídica en la que se basa este procedimiento e incorporado las disposiciones pertinentes de la CRD VI entre las infracciones detectadas.

En particular, la Comisión considera que las medidas españolas objeto del procedimiento “son incompatibles con el nuevo marco de la CRD VI que regula las adquisiciones, fusiones, escisiones y otros cambios estructurales que afectan a entidades de crédito, lo que refuerza aún más las preocupaciones ya expuestas en la carta de emplazamiento de 2025″. Bruselas lleva años luchando con los estados miembros en cuanto a las limitaciones que cada país adopta en cuanto salta al mercado una gran operación de adquisición.

El choque entre Bruselas y Madrid arrancó poco después de concretarse la opa hostil, el 9 de mayo de 2024. Dos días más tarde, un ciudadano español avisó a la Comisión de que la ley de entidades de crédito española, aprobada en diciembre de 2014, y el reglamento que la desarrolla, de febrero de 2015, chocaban con normas financieras de la UE y con los tratados, señalan fuentes comunitarias. Ante esto, Bruselas se puso en contacto con el Ministerio de Economía y comenzó un diálogo en el que no hubo acuerdo, como demostró la primera carta de emplazamiento y las reiteradas declaraciones del entonces titular español de este departamento, Carlos Cuerpo (ahora vicepresidente), en sentido contrario.

En puridad, el Gobierno español no llegó a tener que utilizar la prerrogativa que le da la normativa bancaria de paralizar fusiones bancarias para condicionar la opa del BBVA, si bien la posibilidad de que esta saliese adelante y la fusión de las dos entidades fuese bloqueada por el Gobierno estuvo encima de la mesa desde el principio. No le hizo falta recurrir a ello.

Su intervención fue en base a la ley de Competencia. Esta establece que, siempre que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) lleve a fase 2 el análisis de una operación empresarial, el Consejo de Ministros debe validar las condiciones impuestas, pero atendiendo al interés general. Así, obligó al BBVA durante tres años, ampliables por dos más, a mantener la independencia del Sabadell tanto desde el punto de vista societario como manteniendo una autonomía de gestión. Esto, según explicó el propio Cuerpo, impedía al banco que preside Carlos Torres a realizar despidos colectivos por causa de la transacción, así como a fusionar ambas entidades.

El BBVA nunca llegó a solicitar la fusión al Ejecutivo, dado que la opa fracasó antes, por lo que este nunca tuvo que utilizar esta prorrogativa. Además de la ofensiva en Bruselas, sí intentó revertir la decisión del Gobierno en los tribunales y presentó un recurso ante el Supremo con el fin de que hiciese decaer estas condiciones. Sin embargo, tras el fracaso de la opa, decidió retirar el recurso ante el Alto Tribunal.

Worauf zu achten ist

KI-Ausblick — Möglichkeiten, keine Fakten

  • Spain will respond to the Commission's letter within the two-month deadline.

    Sehr wahrscheinlich · Innerhalb von Tagen

  • Spain will initiate legislative changes to comply with EU directives.

    Wahrscheinlich · Innerhalb von Monaten

  • The European Commission will issue a reasoned opinion if Spain's response is unsatisfactory.

    Möglich · Innerhalb von Monaten

Offene Fragen

  • Will Spain comply with the Commission's demands within the two-month timeframe?
  • What specific sanctions could Spain face if it fails to comply?
  • How will this affect future M&A activities in the Spanish banking sector?
  • Will other EU member states face similar scrutiny regarding their national banking regulations?

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This article was originally published by El País.

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