
El Supremo amplía la falsedad documental a contratos telefónicos y telemáticos
El Tribunal Supremo establece que el delito de falsedad documental se aplica a contratos telefónicos y telemáticos, incluso sin soporte físico o firma manuscrita. La sentencia adapta el concepto de documento a la contratación digital actual, confirmando condenas por suplantación de identidad.


