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Atresmedia condenada a pagar 50.000 euros a socorrista por usar su imagen sin permiso
NOTICIA
Marca02.07.2026Law2 dk okumaSpain

Atresmedia condenada a pagar 50.000 euros a socorrista por usar su imagen sin permiso

En resumen

La Audiencia de Madrid condena a Atresmedia a indemnizar con 50.000 euros a una socorrista por usar su imagen y voz en programas de humor durante casi 20 años sin consentimiento, vulnerando sus derechos al honor y a la propia imagen.

Resumen generado por IA

Por qué importa

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Atresmedia a indemnizar a una socorrista por reutilizar un video suyo con fines humorísticos sin consentimiento durante casi dos décadas.

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Atresmedia a indemnizar con 50.000 euros a la famosa socorrista que en 2008 pronunció la célebre frase: “La he liado parda”. El tribunal concluye que el grupo audiovisual vulneró sus derechos al honor y a la propia imagen al reutilizar el fragmento de video original de forma sistemática y con fines humorísticos sin su consentimiento.

La demandante autorizó la entrevista en 2008 exclusivamente con un fin informativo para explicar un incidente químico en una piscina de San Sebastián de los Reyes. Sin embargo, la sentencia detalla que Atresmedia sobrepasó la legalidad al emplear su voz e imagen durante casi dos décadas en programas de humor y entretenimiento.

Los informes periciales ratificaron que la afectada sufrió ansiedad, bajas laborales e ingresos hospitalarios

El vídeo y sus audios modificados se explotaron en cadenas de televisión como Antena 3, La Sexta o en emisoras radiofónicas Onda Cero y Europa FM, incluyendo formatos como ‘El Intermedio’ o el documental del 25º aniversario de Antena 3. La afectada lo ha pasado realmente mal con el asunto, tanto que los informes periciales ratificaron que llegó a sufrir ansiedad, bajas laborales e ingresos hospitalarios por el meme.

Aunque la condena inicial fue de 40.000 euros, la Audiencia de Madrid decidió elevarla hasta los 50.000 tras detectar más usos no consentidos en el grupo. La petición original de 300.000 euros fue desestimada por considerarse desproporcionada. Además del pago económico, la justicia obliga a Atresmedia a eliminar de forma irrevocable el vídeo de todas sus plataformas y prohíbe taxativamente su uso futuro.

Finalmente, el tribunal matiza que el grupo no es responsable directo de la viralización inicial en las redes sociales, pero sí de haber contribuido activamente a que el contenido no perdiera actualidad a costa del sufrimiento de una ciudadana anónima.

Preguntas abiertas

  • ¿Se tomarán medidas internas en Atresmedia?
  • ¿Habrá más casos similares en el futuro?

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This article was originally published by Marca.

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