España: Nuevas normas para patinetes, ciclistas y motoristas entran en vigor en octubre
En resumen
- El Gobierno español aprueba una reforma del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas normas para patinetes eléctricos, ciclistas y motoristas.
- Se exige casco y chaleco reflectante para VMP, casco para ciclistas en vías interurbanas, y guantes homologados para motoristas.
- Las medidas buscan proteger a los usuarios vulnerables y entrarán en vigor el 1 de octubre.
Resumen generado por IA
Por qué importa
La reforma del Reglamento General de Circulación busca mejorar la protección de los usuarios vulnerables, personas con mayor riesgo de sufrir lesiones graves en accidentes de tráfico. El real decreto entra en vigor el 1 de octubre con algunas excepciones.
Edad mínima de 15 años para conducir patinetes eléctricos, exigencia de que los taxistas siempre lleven abrochado el cinturón de seguridad y uso obligatorio de casco para riders y de guantes homologados para motociclistas. Son algunas de las novedades de la reforma del Reglamento General de Circulación que ha aprobado este martes el Gobierno en Consejo de Ministros, la cual tiene como propósito mejorar la protección de los usuarios vulnerables. Es decir, de aquellas personas que tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o de que estas sean de mayor gravedad "por razón del medio de desplazamiento que utilizan o por las características físicas del grupo de edad al que pertenecen". El real decreto entrará en vigor el próximo 1 de octubre, aunque existen algunas excepciones.
Vehículos de movilidad personal
La reforma aprobada este martes también contempla que los conductores de vehículos de movilidad personal —es decir, de patinetes eléctricos— tendrán que utilizar casco y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los riders que trabajen en ellos también deberán cumplir con esta obligación. El incumplimiento de esta norma supondrá una infracción grave y conllevará una sanción de 200 euros. La normativa establece, asimismo, que los patinetes deberán llevar siempre encendido el alumbrado y que fuera de los núcleos urbanos se permitirá su circulación por vías segregadas de vehículos de motor, como las vías ciclistas o los carriles bici.
Ciclistas
Las personas que se mueven en bicicleta tendrán que llevar casco cuando circulen en vías interurbanas. Además, los ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo deberán hacer uso del casco y del chaleco reflectante en todo momento. No cumplir estas normas también supondrá una infracción grave y tendrá una sanción económica de 200 euros. La modificación del reglamento también establece nuevas reglas para las maniobras de adelantamiento. En concreto, el conductor que adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. En calles con más de un carril por sentido el conductor que realice la maniobra de adelantamiento deberá cambiar completamente de carril además de dejar la separación lateral de 1,5 metros.
La norma también establece que, en vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad y que los conductores de vehículos de motor tendrán que dejar una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril. Por último, el reglamento indica que en aquellas vías urbanas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros por hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
Motos
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán usar guantes de protección de manera obligatoria en vías interurbanas. También tendrán que usar calzado cerrado cuando circulen en cualquier tipo de vía. La violación de estas normas constituye una infracción grave sancionada con 200 euros. Cuando exista congestión del tráfico, las motos podrán circular por el arcén derecho siempre y cuando no excedan la velocidad de 30 kilómetros por hora y con previa señalización del tramo. Los cascos de de protección de los usuarios que conduzcan estos vehículos deberán estar homologados y no solamente certificados. Además, los riders que se desplacen en motocicletas tendrán que llevar siempre un chaleco reflectante y en caso de no hacerlo podrían recibir una multa de 200 euros.
Equipamiento de protección y otras normas
El texto también establece que los conductores de taxis, vehículos de mercancías y de autoescuelas deberán utilizar el cinturón de seguridad en todo momento. Además, se contempla una excepción que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen el habitáculo donde se traslada al paciente.
Entre las normas que forman parte del reglamento también destacan la obligación de dejar una distancia lateral de 1,5 metros y de reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía cuando los vehículos rebasen a otros que se encuentren inmovilizados. Esto aplica para los vehículos detenidos en vías interurbanas por avería, accidente, labores de auxilio o de mantenimiento o regulación del tráfico
Asimismo, queda prohibido realizar maniobras de adelantamiento en autopistas y autovías cuando la nieve dificulte la circulación. Los vehículos solo podrán circular por el carril de la derecha y tendrán la obligación de dejar libre el de la izquierda para que pueda ser utilizado por los vehículos de emergencias y quitanieves. Cuando los vehículos circulen "a paso de peatón" o se detengan en vías interurbanas con motivo de una retención deberán orillarse con el fin de dejar un espacio central libre para que puedan pasar los vehículos de la policía y los servicios de emergencias. Es decir, se creará un "carril de emergencia".
En las vías urbanas también se producen algunos cambios. Como norma general, en los pasos de peatones con semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para los peatones. Además, se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros. Se trata del conjunto de vías acondicionadas para favorecer que los niños se trasladen a sus colegios caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados. Por último, se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, las cuales no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo. Estos vehículos podrán descansar solo sobre neumáticos y no se podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Entrada en vigor
Preguntas abiertas
- ¿Qué excepciones específicas existen a la entrada en vigor?
- ¿Cómo se controlará el cumplimiento de las nuevas normas?



