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GeriAprobado el proyecto de ley del tabaco que prohíbe fumar y vapear a menores y amplía espacios sin humo
Aprobado el proyecto de ley del tabaco que prohíbe fumar y vapear a menores y amplía espacios sin humo
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La Vanguardia5 saat önceSiyaset3 dk okumaSpain

Aprobado el proyecto de ley del tabaco que prohíbe fumar y vapear a menores y amplía espacios sin humo

Hızlı Bakış

  • El Consejo de Ministros aprueba un proyecto de ley del tabaco que prohíbe fumar y vapear a menores de 18 años, sancionando con multas de hasta 600 euros.
  • La norma amplía los espacios sin humo a playas, parques, terrazas y recintos públicos, equipara productos relacionados al tabaco tradicional y prohíbe su publicidad.

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El Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de ley que reforma la ley del tabaco de 2005, ampliando las restricciones al consumo y venta de tabaco y productos relacionados, especialmente para menores de edad.

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El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley del tabaco, que, por primera vez, prohíbe el consumo de cigarrillos y vapers a los menores de edad y no solo su venta o suministro.

Los que no hayan cumplido los 18 años y estén consumiendo tabaco o productos relacionados podrán ser sancionados con 200 euros. En caso de reincidencia, podría llegar a los 600. Estas cuantías se explican porque se considera una sanción leve, aunque la cifra más reducida ha subido de precio de manera considerable, ya que hasta ahora ese cargo era de 30 euros. En este caso, son los padres y tutores los que se harán cargo de la multa, que podría ser sustituida por algún programa formativo.

Esta es una de las novedades de la reforma de la ley del tabaco del 2005 (la última reforma en 2010), que, entre otras cuestiones, amplía los espacios donde no se puede ni fumar ni vapear, tales como playas (tanto marítimas como fluviales), parques nacionales, así como en terrazas de bares y restaurantes y recintos donde se desarrollen espectáculos públicos.

Tampoco se podrá fumar en instalaciones deportivas exteriores, parques infantiles, estaciones de transporte, marquesinas de autobuses o centros educativos, incluidos los campus universitarios, así como los vehículos de trabajo (salvo cuando se usa con fines personales), ha explicado la ministra de Sanidad, Mónica García. Se acaban los clubes privados de fumadores.

Si la norma finalmente fuera aprobada en el Congreso, los ciudadanos que fumaran o vapearan en estos nuevos espacios exteriores serán sancionados con multas de entre 200 y 600 euros.

El texto, que se enmarca en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, crea también entornos de protección reforzada alrededor de espacios especialmente sensibles.

Así, no se podrá fumar en un radio inferior a 15 metros de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, centros sociales, centros educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o recintos infantiles.

Uno de los aspectos fundamentales de esta ley, que ahora se remite al Congreso, es la inclusión de una definición y una regulación específica para los productos relacionados con el tabaco, equiparándolos al tabaco tradicional.

Se trata de artículos cuya presencia en el mercado y su consumo, especialmente entre la población joven, han aumentado de forma notable en los últimos años y que, aunque no siempre contienen tabaco ni nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar, además de aumentar el riesgo de fumar tabaco convencional (Según ESTUDES 2025, el 49,5% de las personas de 14 a 18 años ha probado alguna vez cigarrillos electrónicos y el consumo en el último mes ha pasado del 14,9% en 2019 al 27,1% en 2025). Hasta ahora, estos productos no contaban con un marco normativo claramente establecido a nivel nacional.

Estos son los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo).

También las bolsitas de nicotina para uso oral, compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos, y los productos a base de hierbas, utilizados para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales sin tabaco. La norma incluye los dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados.

Todos estos productos quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional, es decir, no se podrá fumar o utilizar estos productos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de entornos exteriores, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, entre otros. Las bolsas de nicotina no están incluidas en los espacios sin humo (porque no expulsan humo, por lo que no perjudican a los no fumadores).

Otro aspecto importante de esta reforma es que limita también la venta y suministro de estos productos a tiendas especializadas, que deberán cumplir los requisitos que se establezcan mediante orden ministerial. ¿Cuál es la razón? Fuentes de Sanidad explican que esta medida responde al crecimiento de estos productos, especialmente entre adolescentes, y a su venta en todo tipo de comercios, sin que haya un control sobre ellos.

Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, directa o indirecta, en cualquier medio de comunicación, incluido el ámbito digital de todos estos productos, y se obligará a etiquetar dando información sobre el contenido en nicotina y características del producto.

El texto que propone el Gobierno modifica de forma sustancial el régimen aplicable a la publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco y productos relacionados. Así establece la prohibición de toda forma de publicidad, directa o indirecta, incluyendo cualquier tipo de comunicación comercial o promoción de productos del tabaco y productos relacionados, ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales, o mediante distribución de muestras o descuentos.

Y prohíbe expresamente la publicidad en equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo, lo que abarca elementos presentes en bares, discotecas, terrazas u otros establecimientos de ocio. Esto incluye rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería que incorpore logotipos, imágenes o referencias a marcas de productos del tabaco o productos relacionados.

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Yapay zekâ öngörüsü — kesinlik taşımaz

  • La ley será remitida al Congreso para su aprobación.

    Muhtemel · Haftalar içinde

  • Los ciudadanos que fumen o vapeen en los nuevos espacios serán sancionados.

    Çok muhtemel · Aylar içinde

Açık Sorular

  • ¿Cuándo se votará la ley en el Congreso?
  • ¿Qué requisitos específicos se establecerán para las tiendas especializadas?
  • ¿Cómo se implementarán los programas formativos para menores infractores?

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