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GeriLa ley española de fertilidad bajo lupa: el debate sobre el control de óvulos y embriones congelados
La ley española de fertilidad bajo lupa: el debate sobre el control de óvulos y embriones congelados
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La ley española de fertilidad bajo lupa: el debate sobre el control de óvulos y embriones congelados

Una proposición de ley busca equiparar la crioconservación de óvulos y semen, mientras persisten las trabas legales para la gestión de embriones sobrantes.

Hızlı Bakış

Una propuesta de ley en España busca agilizar la gestión de óvulos crioconservados y potenciar la autonomía de las mujeres, un debate que pone el foco en las restricciones vigentes para la destrucción o donación de embriones.

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Neden Önemli?

La Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida regula en España los destinos de los gametos y preembriones crioconservados.

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Laura García Sánchez nunca tuvo claro que quería ser madre, pero no lo descartó. Simplemente pospuso esa decisión. Con 45 años sabía que estaba en el último intento y gracias a un proceso de ovodonación llegó Noa a su vida. En el camino hay cuatro embriones congelados que no alumbrará ella, pero sí que le gustaría poner a disposición de otras mujeres.

Una decisión encorsetada a una norma diseñada hace 20 años: "Yo no puedo disponer de mis embriones. O bien espero a cumplir 50 años, mientras sigo pagando su conservación en la clínica, o pido dos informes médicos que avalen que ya no voy a poder ser madre". Laura reclama que las mujeres puedan tener potestad sobre los óvulos y los embriones, "si hablamos de espermatozoides, es más fácil. A ellos no les examinan si pueden o no, simplemente les dan luz verde para destruir lo donado".

Joaquín Llácer, ginecólogo especialista en Medicina reproductiva y miembro de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF), lo deja aún más claro: "Resulta brusco, pero, en este país, es más fácil que una mujer aborte un embrión que no quiere, que deshacerse de ellos antes de la implantación". Esta afirmación podría dejar de ser así en los próximos meses si prospera en las Cortes la Proposición de Ley de modificación de la regulación sobre la crioconservación de ovocitos, que ya tiene el primer paso dado.

El pasado mes de abril, una amplia mayoría del Congreso (303 votos a favor, 33 en contra y 8 abstenciones) admitió esta reforma propuesta por el PSOE, que busca igualar la crioconservación de óvulos y semen y reforzar la autonomía de las mujeres frente a la normativa actual.

Vanessa Vergara, directora médica de Clínicas IVI España y Portugal, aplaude esta modificación porque puede tener un impacto positivo "al facilitar la toma de decisiones reproductivas más libres, informadas y adaptadas a cada mujer, mejorando el uso de la técnica y reduciendo barreras innecesarias".

Hoy en día lo que permite la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (LTRHA) es la destrucción de los gametos masculinos, pero no la de los femeninos, "al menos con tanta facilidad. A ellos les basta con decir 'ya no los quiero' y listo", apunta Laura. Sin embargo, ellas lo tienen más complicado.

¿Cuáles son los pasos que contempla actualmente la norma?

En primer lugar, la crioconservación en bancos autorizados de ovocitos podrá prolongarse hasta que los responsables médicos, con el dictamen favorable de dos especialistas independientes y ajenos al centro, determinen que la receptora no reúne los requisitos clínicamente adecuados para someterse a una técnica de reproducción asistida.

En segundo lugar, la ley marca diferentes destinos posibles para los ovocitos crioconservados: el uso por la propia mujer o su cónyuge; la donación con fines reproductivos; la donación con fines de investigación; y el cese de su conservación sin otra utilización. En la práctica, los diferentes al uso por la propia mujer son "poco frecuentes", si bien en el caso de Laura sí se da, aunque con el matiz de que ella lo que dona ya es el óvulo fecundado.

En este escenario, "la preservación de la fertilidad mediante la vitrificación de ovocitos es prácticamente la única herramienta eficaz para mitigar el impacto biológico de este retraso", señala Vergara. Sin embargo, "sabemos que no todas las mujeres acabarán utilizando esos ovocitos, y la normativa actual limita en cierta medida la gestión eficiente de esta realidad", añade la experta.

En el caso del cese de la conservación sin otro fin, sólo puede llevarse a cabo cuando se haya superado el plazo máximo de conservación fijado por la ley, es decir, cuando concluya el periodo fértil de la mujer (en nuestro país fijado a los 50 años), sin que se haya optado por alguno de los otros destinos antes mencionados.

Todo ello contribuye a producir una acumulación de ovocitos en los bancos autorizados, "como consecuencia de las limitaciones que la norma establece para cesar su crioconservación", advierte Llácer y añade que "la situación casi nos conduce a que los ovocitos tienen que quedar congelados de forma indefinida". A través de su caso, Laura subraya que "todavía hay mucho desconocimiento en este asunto. Y mucho estigma. Ni se cuenta que se pasa por este proceso, ni se sabe que ocurre después de que ya no vas a necesitar el material reproductivo. También está el tema económico, no todas pueden seguir pagando una vez finalizado el proceso, que ya de por sí es caro".

Llácer hace hincapié en esto: "Las mujeres abandonan porque no quieren seguir costeando la conservación. Y entramos en una dinámica donde no hay igualdad porque no pueden decidir sobre esas muestras". No hay otro país, asegura, que establezca estas trabas para la destrucción del material genético congelado de las mujeres.

Para la directora médica de IVI todo esto es especialmente relevante en un contexto social muy claro: "En España las mujeres están retrasando la maternidad hasta cifras de las más altas de Europa, con una edad media del primer hijo por encima de los 32 años y tasas de natalidad por debajo de 1,2 hijos por mujer".

¿Qué ocurre con los embriones?

La reforma de la ley admitida a trámite que se debatirá en los próximos meses se reduce únicamente a la regulación de los ovocitos, aunque quedaría pendiente la situación de los embriones, que es lo que le preocupa a Laura.

Los grupos parlamentarios, durante el debate para considerar su tramitación, también apuntaron la necesidad de reformar también qué ocurre con los óvulos fecundados, pues los requisitos para poder destruirlos son los mismos: no sirve con la simple voluntad, hay que contar con el informe favorable de dos especialistas que acrediten que la mujer no reúne las condiciones para poder someterse al tratamiento o esperar hasta los 50 años.

De nuevo, Llácer expresa su disconformidad: "Es una aberración y no digo que se haga, pero a una mujer le resulta legalmente más fácil que le implanten el embrión, quedarse embarazada y luego abortar", pues recalca en que "cuando se habla de interrumpir la gestación a ninguna mujer se le exige nada".

然而, Vergara se muestra más prudente sobre la posible enmienda de los preembriones de dos y tres días, que hoy en día tampoco se pueden destruir sin burocracia de por medio. "Aquí entran en juego consideraciones éticas adicionales que no son comparables exactamente con los gametos", sostiene la directora médica del IVI.

Laura lleva un tiempo emprendiendo en información y formación a las mujeres que están pasando por uno de los múltiples procesos de formación. "Intento resolver dudas que a mí me surgen a través de mi canal en Instagram", cuenta.

Desde el punto de vista clínico y de los pacientes, "sería razonable avanzar hacia un sistema que, manteniendo todas las garantías éticas y legales, permita procesos más ágiles y centrados en la voluntad de las parejas o pacientes", defiende Vergara.

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  • Debate y tramitación de la Proposición de Ley en las Cortes

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  • ¿Se incluirá finalmente a los embriones en la reforma legal?
  • ¿Cuándo se aprobará definitivamente la nueva normativa en las Cortes?

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Bu haber ilk olarak şurada yayınlandı: El Mundo.

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