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GeriLa UE amplía el procedimiento contra España por las leyes que obstaculizaron la opa del BBVA al Sabadell
La UE amplía el procedimiento contra España por las leyes que obstaculizaron la opa del BBVA al Sabadell
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La Vanguardia04.06.2026Siyaset2 dk okumaSpain

La UE amplía el procedimiento contra España por las leyes que obstaculizaron la opa del BBVA al Sabadell

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  • La Comisión Europea amplía el procedimiento de infracción contra España por las leyes que obstaculizaron la opa del BBVA al Sabadell.
  • Bruselas argumenta que España no ha transpuesto la Directiva 2024/1619 (CRD VI) que otorga la competencia de autorizaciones de transacciones bancarias al regulador financiero.

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La Comisión Europea ha ampliado este jueves el procedimiento de infracción que abrió en julio del año pasado a España por las leyes utilizadas por el Gobierno de Pedro Sánchez para obstaculizar la opa hostil del BBVA al Sabadell. Pese al fracaso de la operación después de que el BBVA no consiguiese ni el 26% del capital de la entidad, Bruselas dejó abierto el expediente a España, y desde la Comisión recuerdan que no fue iniciado por la operación en sí, sino por las leyes usadas para ponerle trabas.

En concreto, este jueves Bruselas ha enviado una carta adicional de emplazamiento al Ejecutivo “por no cumplir” la última directiva europea que indicaba a los Gobiernos europeos, de forma generalizada, que las autorizaciones a este tipo de transacciones las debían dar el regulador financiero, es decir, el Banco de España o el Banco Central Europeo.

El plazo de transposición de esta última normativa comunitaria, la Directiva 2024/1619 (CRD VI) terminó el 10 de enero y, como no ha sido adaptada a la legislación española, en consecuencia la Comisión “ha actualizado la evaluación jurídica en la que se basa este procedimiento y ha incluido las disposiciones pertinentes de la CRDVI entre las infracciones identificadas”, señala en un comunicado.

Fuentes del Ministerio de Economía destacan que, a juicio del Gobierno, la carta de la Comisión “no supone que el procedimiento ya existente haya avanzado a una nueva fase o escalado”, sino que es una carta “complementaria” a la anterior. Además, el Ejecutivo español señala que “está trabajando intensamente en la transposición de la nueva Directiva de Requerimientos de Capital para adaptar la normativa doméstica y recoger la competencia exclusiva del BCE y del Banco de España en materia de supervisión prudencial de las fusiones bancarias”, pero “sin perjuicio del papel de otras autoridades en el marco de sus competencias, como es el caso de la CNMC”.

En julio del año pasado, Bruselas abrió un procedimiento de infracción por otros dos motivos. Primero, por las disposiciones del derecho español que otorgan un poder al ministro de Economía para decidir sobre fusiones o adquisiciones totales o parciales en operaciones bancarias, que entienden que socavan los poderes prudenciales del Banco Central Europeo (BCE), la autoridad competente cuando una adquisición pasa del 10%. Y, segundo, porque creían que las trabas impuestas por el Gobierno a esta opa van contra la Ley de Defensa de la Competencia, donde se establecen una serie de categorías para que se pueda prohibir una concentración y esté justificado por razones de interés general, algo que, según la Comisión, no sucede en este caso.

El Ejecutivo comunitario expone ahora que la Comisión considera que las medidas españolas en cuestión son incompatibles con el nuevo marco que “regula las adquisiciones, fusiones, escisiones y otros cambios estructurales que afecten a las entidades de crédito”, algo que “refuerza aún más las preocupaciones ya expuestas en la carta de emplazamiento de 2025”. El comunicado también reitera su posición de que “las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la consecución de la unión bancaria”. España, además, se podría enfrentar a una sanción por el retraso de la transposición de la última directiva comunitaria.

Ahora el Gobierno tiene dos meses para responder “y subsanar las deficiencias” que le ha señalado Bruselas. “De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado”, advierte el Ejecutivo comunitario en su nota. El siguiente paso en el proceso de infracción es una opinión razonada, y, como última instancia, si el expediente no llega a buen fin, Bruselas podría remitir a España al Tribunal de Justicia de la UE, quien a su vez podría determinar que España debe pagar una multa por infrigir las leyes comunitarias.

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