La Comisión Europea recibe la denuncia de Carles Puigdemont contra España por la Ley de Amnistía
En resumen
- La Comisión Europea ha recibido la denuncia de Carles Puigdemont contra España por la no aplicación directa de la Ley de Amnistía por el Tribunal de Cuentas.
- Bruselas tramitará la queja, recordando que la aplicación de sentencias del TJUE es competencia nacional.
Resumen generado por IA
Por qué importa
Carles Puigdemont denunció a España ante la Comisión Europea. El Tribunal de Cuentas no aplicó directamente la Ley de Amnistía, solicitando alegaciones en vez de la extinción de responsabilidad.
La Comisión Europea dice haber recibido la denuncia contra España interpuesta por el expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, como respuesta a la maniobra del Tribunal de Cuentas para no aplicar directamente la ley de Amnistía, pero de momento no ha dado pistas de lo que hará y se limita a recordar que “corresponde a los tribunales pertinentes aplicar las sentencias del Tribunal de Justicia”.
“Podemos confirmar que hemos recibido la carta. Cuando se presentan reclamaciones, estas se tramitan de conformidad con el procedimiento habitual de la Comisión”, indica un portavoz comunitario a La Vanguardia. “Una vez recibidas, las reclamaciones se examinan, se registran y se evalúan antes de tomar una decisión. Por el momento, no tenemos nada más que añadir”, zanja la misma fuente.
La carta, interpuesta por el letrado del expresident, Gonzalo Boye, exige a la secretaría general de la Comisión abrir contra España “el procedimiento de infracción previsto” en el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la UE, por el “incumplimiento” de la sentencia del TJUE que avala la norma que aprobó el Congreso en el 2024.
Sin embargo, no es una vía fácil. Habitualmente, los procedimientos de infracción, los expedientes que abre Bruselas a los países comunitarios, responden a que el país en cuestión no está aplicando correctamente una directiva europea. Por ejemplo, el expediente que mantiene abierto contra España por las leyes utilizadas para trabar la opa del BBVA al Banc Sabadell. Es un sistema muy habitual, que puede terminar con la Comisión llevando a un país ante el TJUE. Actualmente existen 117 expedientes en curso contra España.
El movimiento de Boye llega después tras la decisión del Tribunal de Cuentas de solicitar alegaciones sobre la responsabilidad contable del referéndum del 1 de octubre y la acción exterior de la Generalitat, en lugar de aplicar directamente el olvido penal. Esto, según la defensa, contradice las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que la semana pasada avaló claramente la ley de Amnistía y sostenía que si un caso entraba dentro del perímetro de la ley debería dictarse una “extinción de responsabilidad” sin “valorar las alegaciones y las pruebas exculpatorias”.
Boye registró un escrito de 86 páginas como respuesta a la providencia del Tribunal de Cuentas e incluye tanto la queja contra el Reino de España ante la Comisión por no haber aplicado directamente el olvido penal e incumplir una sentencia europea como el escrito presentado ante Luxemburgo. En su texto, el abogado remite al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que regula los procedimientos de infracción. Lo que argumenta ante Bruselas es que España está violando el artículo 267 del TFUE, sobre el procedimiento de las cuestiones prejudiciales.
También acude al artículo 4 del Tratado de la Unión Europea (TUE) donde, en su tercer apartado, los Estados miembros y la Unión se deben “cooperación leal” en todos sus órganos, incluidos los jurisdiccionales. El letrado, además, les cita los artículos relacionados con la necesaria resolución en “un plazo razonable” y recuerda ante Bruselas “el incumplimiento deliberado de una sentencia del Tribunal de Justicia por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro, acompañado de su tergiversación pública mediante una nota de prensa oficial, afecta al valor del Estado de Derecho en que la Unión se fundamenta”.
La Comisión Europea debería ofrecer una respuesta, tanto en el caso de que consideren que debería seguir adelante con la denuncia e iniciar un procedimiento de infracción como si deciden archivarla, ante lo que la defensa dispondría de cuatro semanas para presentar observaciones adicionales. “Le recordamos que, independientemente de la decisión que tomemos, el papel de la Comisión es garantizar que los países de la UE cumplan adecuadamente el Derecho de la Unión, y no resolver su situación individual”, recuerda el organismo en el apartado dedicado a los procedimientos de infracción. Solo no responderían en caso de que el escrito fuera “insultante” o “carece de sentido y no requiere una respuesta sustantiva”.
Qué observar
Perspectiva de IA — posibilidades, no hechos
La Comisión Europea ofrecerá una respuesta sobre la denuncia, ya sea para iniciar un procedimiento de infracción o para archivarla.
Muy probable · En semanas
Preguntas abiertas
- ¿La Comisión Europea iniciará un procedimiento de infracción contra España?
- ¿Cuál será la decisión final de la Comisión sobre la denuncia de Puigdemont?
- ¿Cómo responderá el Tribunal de Cuentas a las alegaciones?



