Juzgado autoriza subasta de AHMSA y Minosa como unidad productiva
El juzgado segundo de distrito de concursos mercantiles autorizó la subasta de Altos Hornos de México (AHMSA) y su filial Minera del Norte (Minosa) como una sola unidad productiva.
La jueza Ruth Haggi Huerta aprobó, con ciertos cambios, el procedimiento especial de venta propuesto por el síndico de la quiebra, Víctor Manuel Aguilera, a quien le dio un plazo de tres días para que exhiba las bases que regirán la puja, el listado final de trabajadores que contenga el cálculo de los créditos laborales (tanto preferentes como distintos a estos) y la cuota concursal de los acreedores de las empresas.
El síndico refirió que, a pesar de que se tramitaron concursos mercantiles separados, se realizó un análisis detallado en el que se coincidió que la venta propuesta bajo el esquema de unidad productiva –mediante el procedimiento especial de venta– es la única vía viable para lograr una maximización real del valor en beneficio de la masa concursal de las comerciantes.
Además, reconoció la gravedad de la situación social y laboral que atraviesan los trabajadores y sus familias en la región, así como las afectaciones patrimoniales y humanas que señalan; tampoco desconoció la crisis ni las consecuencias que ha traído la prolongación del concurso mercantil. En ese contexto, señaló que la propuesta de enajenación bajo la modalidad de subasta simplificada se ha diseñado precisamente para dar una salida pronta y eficaz, evitando mayores dilaciones y preservando el valor de los activos.
Reafirmó que los créditos laborales cuentan con prioridad absoluta en el orden de pago conforme a la Constitución y a la Ley de Concursos Mercantiles, y que el producto de la venta se destinará, en primer lugar, a cubrir las prestaciones laborales conforme a su orden y prelación de pago.
Añadió que comparte la visión de que la enajenación debe propiciar la reactivación de las plantas y la conservación de la fuente de empleo, como medida indispensable para estabilizar la economía regional, pues es uno de los requisitos y exigencias del Plan de Desarrollo Nacional. Sin embargo, detalló que, en todo momento, la decisión final corresponde a la jueza concursal en ejercicio de su función judicial, por lo que mantiene el compromiso de que las medidas propuestas atiendan tanto a la urgencia social como a la protección jurídica de los trabajadores.
Mientras, la juzgadora reiteró que, ante la innegable inquietud de los trabajadores por la situación que viven con motivo de la quiebra de las empresas que han sido su fuente de empleo, vigilará –en el ámbito de sus facultades– que el derecho humano previsto en el artículo 123 de la Constitución sea protegido de manera preferente a cualquier otro acreedor, hasta el máximo que las circunstancias de hecho lo permitan.



