Decreto por vía de urgencia sobre el aborto: Sanidad e Igualdad ultiman la norma sobre la información que debe recibir la mujer
Quick Look
- El Consejo de Ministros autorizó la tramitación administrativa urgente del proyecto de real decreto que regula la información previa al consentimiento en la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el funcionamiento de los comités clínicos.
- El texto, impulsado por el Ministerio de Igualdad y desarrollado con el de Sanidad, establece información obligatoria y voluntaria, adapta el proceso a menores, mujeres extranjeras y con discapacidad, y define la composición de los comités clínicos, excluyendo a objetores de conciencia.
- Las comunidades autónomas tienen hasta las 14h de hoy para enviar sus aportaciones mediante un Consejo Interterritorial singular vía correo electrónico.
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Why It Matters
El real decreto surge tras la aprobación de la Ley 1/2023, promovida por Irene Montero cuando era ministra de Igualdad, que modificó la ley del aborto de 2010 del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Su objetivo es desarrollar reglamentariamente dicha ley y garantizar una información previa al consentimiento uniforme en todo el territorio nacional.
El Consejo de Ministros autorizó ya la semana pasada la tramitación administrativa urgente del proyecto de real decreto por el que se regula la información previa al consentimiento en la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el comité clínico que interviene en el supuesto de causas médicas. El texto está impulsado por la cartera de Ana Redondo, pero precisa del departamento de Sanidad porque la prestación del aborto forma parte de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS).
Hoy el ministerio que lidera Mónica García recogerá las aportaciones de las comunidades autónomas a través de un Consejo Interterritorial "singular". Se trata de una reunión vía correo electrónico: Sanidad envió el miércoles pasado el borrador del texto (al que ha tenido acceso EL MUNDO) junto a otros documentos de trabajo, a las autonomías y estas deben remitir sus aportaciones al mismo. Después, serán tenidas en cuenta y se añadirán o no a la norma que se remita de nuevo al pleno del Ejecutivo, a la espera de luz verde cuanto antes.
Las comunidades tienen hasta las 14h de hoy para enviar sus sugerencias y comentarios. Antes de enviar el texto a otra instancia administrativa será sometido a aprobación en próxima reunión del Interterritorial; el siguiente marcado en la agenda sería el 23 de octubre. Sanidad defiende que la modalidad correo electrónico es posible gracias a la aplicación del artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se trata de un real decreto que propone la cartera de Igualdad, que podría ser publicado en el BOE como propuesta conjunta de las dos ministras antes de las elecciones del 29 de noviembre. Desde Igualdad manifiestan que se trata de "adaptar el desarrollo reglamentario y establecer un marco jurídico que asegure que todas las mujeres que ejercen su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo reciban, con independencia del territorio en el que vivan, una información veraz, clara, objetiva, accesible y adecuada al régimen legal vigente, como presupuesto necesario para adoptar una decisión libre e informada". Por otro lado, "se busca dotar de seguridad jurídica al funcionamiento de los comités clínicos", de acuerdo con la Ley 1/2023 promulgada con Irene Montero de ministra, que modificaba la ley del aborto de 2010 del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
¿Qué contiene el real decreto que regulará la información sobre la petición de aborto?
Se trata de nuevos procesos que afectan a administraciones sanitarias, centros públicos y privados acreditados y personal sanitario, por eso la implicación del ministerio de García. La norma también tendrá repercusiones en las personas trans con capacidad de gestar.
El nuevo RD pone sobre la mesa los dos tipos de información que se deben prestar, una obligatoria y otra voluntaria. Sobre la primera, deja claro que debe facilitarse antes del consentimiento, en todos los supuestos y con independencia de las semanas de gestación, e incluir los supuestos legales, métodos quirúrgico y farmacológico, centros acreditados, trámites y cobertura, derechos de la mujer y canales de consulta o reclamación. Los métodos deben explicarse sin establecer preferencia ni prioridad entre ellos, salvo por razones clínicas. En los procesos de aborto por causas médicas pasadas las 14 semanas, se debe informar de los distintos procedimientos posibles. Puede ofrecerse también verbalmente, si la mujer lo pide.
Sobre la información voluntaria, el texto deja claro que se puede informar de ayudas públicas, derechos laborales o recursos de anticoncepción solo si la mujer lo pide expresamente y nunca como requisito previo para abortar.
También hay mención a colectivos concretos, como las menores de 16 años. En este caso, se establece que la información se dará directamente a la menor, con privacidad y adaptada a su madurez. Si está en desamparo, también se informa a la entidad pública que tenga la tutela. En el caso de mujeres extranjeras, se pondrá un intérprete sanitario si no hablan castellano. Y en los casos de discapacidad, se apuntan formatos accesibles y medidas de apoyo opcionales. Se prohíben presiones o interferencias de familiares, cuidadores o profesionales en las decisiones.
Por otro lado, se marcan las pautas para la creación y composición de los Comités Clínicos que deben involucrarse en este tipo de procesos. Y se recuerda que estos solo realizan una valoración médica y que la decisión última sobre la intervención corresponde siempre a la mujer. Habrá uno por CCAA como mínimo, compuesto por dos especialistas en ginecología/obstetricia o diagnóstico prenatal y un pediatra. Se argumenta la necesidad de paridad en la presencia de mujeres y hombres. La mujer puede elegir a uno de los especialistas.
Sobre los objetores, establece que no pueden formar parte de estos comités quienes estén inscritos en el registro o lo hayan estado en los tres años previos. La verificación es individual, sin acceso generalizado al registro.
What to Watch
AI outlook — possibilities, not facts
El real decreto será publicado en el BOE como propuesta conjunta de los ministerios de Igualdad y Sanidad antes de las elecciones del 29 de noviembre.
Likely · Within weeks
Las comunidades autónomas enviarán sus aportaciones al Consejo Interterritorial antes de las 14h de hoy.
Very likely · Within hours
El siguiente Consejo Interterritorial marcado en la agenda será el 23 de octubre para aprobar el texto antes de enviarlo nuevamente al pleno del Ejecutivo.
Likely · Within weeks
Open Questions
- ¿Cuándo se espera la publicación definitiva del real decreto en el BOE?
- ¿Qué sanciones se establecen para quienes incumplan la norma?
- ¿Cómo se garantizará el cumplimiento en centros privados concertados?
- ¿Qué formación recibirá el personal sanitario para aplicar la información voluntaria sin sesgos?






