
La Sala de lo Penal asume la sentencia del Tribunal Constitucional y acuerda eliminar los antecedentes penales de Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva.
El Tribunal Supremo ha declarado extinguida la responsabilidad criminal de los líderes del 1-O Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva en aplicación de la Ley de Amnistía, tras asumir la sentencia del Tribunal Constitucional.
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El Tribunal Supremo dictó condenas por delitos de sedición y malversación a los líderes independentistas catalanes implicados en el proceso soberanista del 1-O.
Fin judicial del procés. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha declarado este martes extinguida la responsabilidad criminal de los líderes del 1-O, Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva, en aplicación de la Ley de Amnistía y al asumir en su integridad la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsellera Bassa.
La Sala que ha dictado el auto está formada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta (presidente), Manuel Marchena (ponente) y Antonio del Moral.
Respecto a la petición de eliminación de antecedentes penales anotados a raíz de la sentencia que les condenó a altas penas de prisión por sedición y malversación de caudales públicos, el Alto Tribunal acuerda poner en conocimiento del Ministerio de Justicia su auto con el fin de que proceda a ello.
El auto resume las consideraciones de la sentencia del Constitucional para otorgar el amparo y declarar la nulidad de los autos del Supremo que consideraron que la Ley de Amnistía excluía su aplicación al delito de malversación de los condenados en la causa del procés, por concurrir un beneficio personal de naturaleza patrimonial.
Además, el Supremo se defiende de las críticas del órgano que preside Cándido Conde-Pumpido y señala que "la resolución suscrita por siete magistrados del Tribunal Constitucional encierra una descalificación que alcanza a otros catorce magistrados que han defendido la interpretación que ahora se considera vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva".
Atribuir a la interpretación de esta Sala una «drástica contradicción», una «reducción teleológica», una «interpretación extensiva», una «interpretación impredecible de los preceptos aplicables», un distanciamiento del «sentido común», de «la lógica», de la finalidad de la ley y, en fin, la ausencia de un elemental «nexo de coherencia», representa enriquecer su decisión con consideraciones absolutamente innecesarias para el respaldo de lo resuelto.
"La corteza de esos vocablos, su innecesaria grandilocuencia revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional que corresponde al Tribunal Supremo con expresiones llamadas a camuflar la intensidad de la injerencia", consideran los magistrados del TS.

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