El TSJC aplica el indulto a Laura Borràs y la conmuta por dos años de prisión
El tribunal reduce la pena de prisión de la expresidenta del Parlament a condición de no delinquir en cinco años, mientras desestima la amnistía a Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.
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El TSJC aplica el indulto parcial a la expresidenta del Parlament Laura Borràs, conmutando su pena de prisión a dos años condicionada a no reincidir, y rechaza la amnistía para Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.
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Why It Matters
Laura Borràs fue condenada por prevaricación y falsedad documental al trocear contratos en la Institució de les Lletres Catalanes.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha aplicado este viernes el indulto a la expresidenta del Parlament de Catalunya, Laura Borràs, que inicialmente fue condenada a 4 años y 6 meses de prisión por trocear contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) y se la conmuta por otra de 2 años, que puede ser suspendida.
En la sentencia, consultada por Europa Press, el tribunal acuerda conmutar la pena privativa de libertad que le fue impuesta por otra de 2 años de prisión, a condición de que la penada indultada no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años.
El Gobierno aprobó en julio el indulto parcial de la pena de prisión, manteniendo la multa e inhabilitación de 4 años y un día, después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena de Borràs por prevaricación y falsedad documental, que conllevaba las penas de 4 años y medio de prisión y 13 de inhabilitación y multa de 36.000 euros.
El Gobierno justificó, dos años después de la aprobación de la ley de amnistía por parte del Congreso, el indulto a Borràs porque el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que fue el que la condenó, afirmó en su propia sentencia que la pena de prisión resultaba "desproporcionada y excesiva" y, de hecho, proponía el indulto para ella.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, defendió el indulto parcial y negó tajantemente que la decisión guarde relación con la negociación de los Presupuestos Generales del Estado o con la necesidad del Ejecutivo de recomponer sus relaciones con Junts de cara al nuevo curso político, que hace también de antesala electoral a los comicios de 2027. "Nada tiene que ver con la negociación de los Presupuestos Generales del Estado ni con nada que tenga que ver con la política. Eso ténganlo ustedes claro", remarcó.
Desestimada la amnistía a Salvadó y Jové
Por otro lado, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado las peticiones de amnistía del exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat, Josep Maria Jové, y del exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó, y mantiene las cuestiones prejudiciales que elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El TSJC elevó una cuestión prejudicial para que el TJUE examinase la adecuación de la aplicación de la ley de amnistía al delito de malversación de fondos públicos por el que ambos están acusados. En julio, el TJUE emitió dos sentencias: una de ellas respondiendo a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable del expresidente Carles Puigdemont y otras personas en el uso de fondos públicos para financiar el 'procés' y, la segunda, a la Audiencia Nacional sobre el delito de terrorismo por el que investigó a los Comités de Defensa de la República (CDR).
La Justicia europea concluyó que el Derecho de la UE no se opone a que la ley de amnistía perdone la responsabilidad contable por acciones ejecutadas "en el contexto de actividades políticas dirigidas a conseguir la independencia de una parte del territorio nacional de un Estado miembro y referentes a fondos que no provienen de la UE, ni están destinados a este".
Ahora, el TSJC argumenta en su resolución, avanzada por 'Vilaweb', que "la naturaleza de los procedimientos desde los que los tribunales nacionales plantearon las cuestiones prejudiciales ya resueltas por el TJUE difiere radicalmente" del procedimiento que afecta a Salvadó y a Jové.
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