La AEPD abre una investigación al Ministerio del Interior por el informe sobre periodistas
El organismo analizará la base jurídica del tratamiento de datos personales tras la revelación de una lista de informadores con su adscripción política.
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) investiga al Ministerio del Interior tras la publicación de un informe que catalogaba a periodistas según su ideología política, analizando si se vulneró el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
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Why It Matters
El Confidencial reveló que el Ministerio del Interior elaboró un informe con una lista de periodistas y tertulianos junto a su adscripción política.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha decidido abrir una investigación de oficio contra el Ministerio del Interior tras desvelar El Confidencial la existencia de un informe elaborado por su oficina de comunicación con una relación de periodistas y tertulianos españoles junto a su adscripción política.
Según fuentes del organismo que dirige Lorenzo Cotino, el objetivo de la investigación será analizar "la naturaleza, alcance, utilización y base jurídica de este tratamiento de datos personales", pero "sin que el inicio de estas actuaciones prejuzgue la existencia de una infracción", según matiza la AEPD en una nota informativa.
Fuentes de la AEPD aclaran que la investigación se inicia ante la posible vulneración del Reglamento General de Protección de Datos (RGDP), si bien en el inicio del procedimiento "la Agencia no puede determinar si hay algún tipo de infracción". Ahora bien, las fuentes consultadas señalan que, para cumplir la legalidad, el Ministerio de Fernando Grande-Marlaska tendría que haber recabado el consentimiento de los periodistas para el tratamiento de sus datos, cosa que evidentemente no se hizo.
En todo caso, se recuerda que "todo tratamiento de datos personales debe cumplir con los requisitos del artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) -entre ellos el principio de limitación de la finalidad- y del artículo 6 -existencia de una base de licitud-".
De hecho, las mismas fuentes señalan que, cuando se trata de datos de "categorías especiales", como serían la ideología y las opiniones políticas, "ha de existir una causa que levante la prohibición general de su tratamiento establecida en el artículo 9.1 del RGPD".
What to Watch
AI outlook — possibilities, not facts
La AEPD determinará si el tratamiento de datos de ideología política fue ilícito.
Likely · Within months
Open Questions
- ¿Qué consecuencias legales enfrentará el Ministerio si se confirma la infracción?
- ¿Quién ordenó la elaboración del informe?





