La complejidad legal de la repatriación de menores no acompañados en Ceuta
El Gobierno español enfrenta desafíos jurídicos y diplomáticos para retornar a los 1.500 menores presentes en la ciudad autónoma, condicionado por la jurisprudencia y los acuerdos bilaterales.
Quick Look
El Gobierno español busca repatriar a 1.500 menores en Ceuta, pero se enfrenta a obstáculos legales que exigen expedientes individualizados y el interés superior del menor, tras el precedente judicial de 2021 que condenó a autoridades locales por devoluciones irregulares.
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Why It Matters
En 2021, la exdelegada del Gobierno y la exvicepresidenta de Ceuta fueron inhabilitadas por devolver a 55 menores sin seguir el procedimiento legal. España y Marruecos mantienen un acuerdo bilateral desde 2007 para la cooperación en el retorno de menores.
Al inicio de la crisis en Ceuta, los ministros de Interior y Exteriores prometieron la devolución a Marruecos de "hasta la última persona" que había entrado de forma ilegal en territorio español. Sin embargo, con el paso de las semanas varios miembros del Ejecutivo han matizado que lo harán "siempre dentro de los márgenes de la ley". Y ello es especialmente relevante en el caso de los 1.500 menores que permanecen en la ciudad autónoma. La sombra de la sentencia que condenó a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa a la exdelegada del Gobierno en Ceuta y la expresidenta de la ciudad por devolver a 55 menores en 2021 sin atenerse a la normativa sobrevuela las promesas del Gobierno de proceder a los retornos con la "máxima premura".
El Partido Popular y otros sectores reclaman la devolución inmediata al país alauita de todos los inmigrantes, mayores y menores, apoyando su postura en que la Unión Europea cataloga a Marruecos como un país seguro. Lo reiteró el pasado jueves la vicesecretaria de Regeneración Institucional popular, Cuca Gamarra, en la comparecencia del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, al preguntarle si consideraba al país vecino "seguro" porque si lo es, "los menores deben volver con sus familias o quedar bajo el amparo de los servicios sociales marroquíes", apuntó. Sin embargo, ese reconocimiento derivado del nuevo Pacto Europeo de Migraciones y Asilo lo que hace especialmente es restringir la petición de asilo. Pero en el caso de los menores la cuestión es más compleja.
Como tal, la ley permite las devoluciones de menores, pero tras realizar una serie de trámites que se dilatan en el tiempo. Por tanto, la expulsión no puede ser inmediata. Independientemente de lo que recoja cada normativa, siempre prima el interés superior del menor, también expresado en la Convención sobre los Derechos del Niño. Esto es, un principio jurídico que protege al menor por encima de otros intereses y que abarca todos los procedimientos en los que estén implicados. En nuestro país, el artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, conocida como ley de extranjería, es el que regula esencialmente la forma de proceder ante menores no acompañados.
La demora en el proceso se debe a que hay que atender cada situación de forma individualizada con su respectivo expediente, lo que en la práctica impide las expulsiones inmediatas y colectivas. En primer lugar hay que identificar al menor y determinar la edad cuando no resulte acreditada, y posteriormente recabar información sobre sus circunstancias familiares, para lo que es necesaria la colaboración del país de origen, algo que no ocurre en muchas ocasiones. De hecho, la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, informó el pasado jueves de que existen actualmente 600 expedientes remitidos a Marruecos por la Fiscalía de Menores para acreditar su situación familiar de menores que llegaron a Ceuta antes del 30 de julio y que se encuentran aún sin respuesta por parte del país vecino. Por tanto, apuntó a la "complejidad" que tiene el retorno de menores, pues "no es algo sencillo".
Una vez proporcionada dicha información por parte de Marruecos, entonces puede iniciarse el procedimiento sobre su repatriación tras haber oído al menor si tiene suficiente juicio, y previo informe de los servicios de protección de menores y del Ministerio Fiscal. La devolución puede realizarse si se concluye que el interés superior del menor queda garantizado mediante la reunificación con su familia o su puesta a disposición de los servicios de protección de su país de origen "si se dieran las circunstancias". Eso sí, es esencial que el territorio de llegada colabore.
Acuerdo marco de 2007: el quid de la cuestión
De hecho, España y Marruecos tienen suscrito un acuerdo bilateral firmado en 2007 pero vigente desde 2012 sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados y su retorno concertado que recoge el compromiso de las autoridades competentes marroquíes en la recopilación y entrega de documentación sobre la información del menor. El documento también señala que las partes "llegarán a un acuerdo previo sobre el caso de menores que puedan ser objeto de regreso y su número", dejando en este caso la puerta abierta a que sean varios a la vez los que retornen.
Fue en este acuerdo en el que se apoyaron la ex delegada del Gobierno ceutí, Salvadora Mateos, del PSOE, y la exvicepresidenta, María Isabel Deu, del PP, para devolver a 55 menores de forma casi inmediata en 2021. La sentencia condenatoria a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa considera que decidieron practicar la devolución de los menores "sin seguir lo establecido por el acuerdo marco de 2007 que en principio se había invocado ni alguna otra norma del ordenamiento jurídico vigente".
Tras la entrada hace cinco años de unos 15.000 inmigrantes en Ceuta, unos 1.200 dijeron ser menores de edad y fueron filiados como tales, según se recoge en la sentencia. Una vez adoptadas numerosas medidas asistenciales, la vicepresidenta "decidió emprender diversas actuaciones a fin de agilizar la repatriación" a Marruecos de aquellos menores, contactando con la delegada del Gobierno. Los magistrados consideraron que la entonces vicepresidenta de la ciudad autónoma, sin "ajustarse conscientemente a procedimiento legal alguno decidió realizar las actuaciones oportunas a fin de lograr la devolución rápida a Marruecos de aquellos menores".
Open Questions
- ¿Cuándo responderá Marruecos a los 600 expedientes pendientes?
- ¿Cómo se garantizará el interés superior del menor en los futuros retornos?






