Las cámaras de la DGT que vigilan la línea continua en Madrid están multando de forma ilegal desde 2025
La firma de defensa de conductores denuncia que el sistema de vigilancia en los accesos a Madrid carece de las garantías legales necesarias.
Quick Look
- La firma Dvuelta ha logrado anular 392 multas impuestas por la DGT en los accesos a Madrid.
- El sistema de cámaras, operativo desde noviembre de 2025, fue invalidado al no aportar pruebas fotográficas de la infracción ni cumplir con los requisitos legales.
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Why It Matters
La DGT instaló cámaras en los accesos a Madrid en noviembre de 2025 para vigilar el respeto a las líneas continuas. El sistema utiliza dos cámaras de reconocimiento de matrícula para inferir la infracción.
Dvuelta, firma dedicada la defensa de los conductores, ha ganado 392 recursos en vía administrativa de multas impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT) con las cámaras que vigilan la línea continua en los accesos a Madrid, desde que entraron en funcionamiento en noviembre de 2025. En todos esos casos, Tráfico ha resuelto archivar el procedimiento al admitir que la operativa empleada no se ajusta a lo establecido en la legislación. Para Dvuelta, el sistema no reúne las garantías que exige la Ley y no debería seguir multando a nadie, al menos hasta que se subsanen las irregularidades con que están funcionando.
Semanas atrás, ya se conoció también el caso de un automovilista que había ganado un recurso por una multa impuesta en enero de 2025.
Dónde están ubicadas
Las cámaras están instaladas en cuatro puntos de las autovías de entrada a la capital, todas en sentido decreciente (hacia Madrid). En concreto, en la A-1, en el punto kilométrico 15,9, en Alcobendas; en la A2, en el km 11,8 en el entorno de Barajas; en la A6, en el km 20,2 en le termino municipal de Las Rozas y en el km 16,9 de la A42, en Getafe.
La notificación de denuncia recoge siempre el mismo hecho: "No respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada. Infracción captada por cámara de control". La sanción es de 200 euros y para detectarla, la DGT utiliza dos cámaras con reconocimiento de matrícula. Una está colocada al principio del carril protegido con línea continua y otra al final.
La denuncia surge de cruzar ambas lecturas: si en la primera foto el coche aparece fuera del carril protegido por la línea continua y en la siguiente dentro, el sistema concluye que el vehículo ha atravesado la línea. Lo que no aporta es la imagen de ese momento, como así debería suceder. Cuando la denuncia descansa sobre un sistema de captación de imagen, es obligatorio que exista prueba fotográfica en la que se vea, en este caso, al vehículo pisando la línea longitudinal continua.
Ni foto ni aviso del control
Dvuelta ha comprobado, expediente tras expediente, que esa fotografía no existe. Dos capturas de matrícula en puntos distintos no prueban dónde, cuándo ni por qué se produjo la maniobra, ni si había causa que la justificara, existiendo el medio técnico (la fotografía) que podría acreditar la comisión de la infracción, por lo que prevalece la presunción de inocencia.
Además, en los expedientes no consta la placa identificativa de la cámara, como exige la ley. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de la instalación de cámaras de videovigilancia del tráfico, y las áreas videovigiladas deben estar señalizadas con carteles que adviertan de su presencia.
Open Questions
- ¿Modificará la DGT el sistema para incluir pruebas fotográficas?
- ¿Se revisarán de oficio las multas ya pagadas por otros conductores?







