
Tres ciudadanos representados por el despacho de Baltasar Garzón piden anular las medidas cautelares que paralizan el voto de 163.020 personas como paso previo para acudir al Tribunal Constitucional.
Tres ciudadanos representados por el despacho de Baltasar Garzón han presentado un incidente de nulidad en el Tribunal Supremo para anular la suspensión cautelar del derecho a voto de 163.020 nacionalizados por la 'ley de nietos', buscando llegar al Tribunal Constitucional antes de las elecciones del 29 de noviembre.
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El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el derecho a voto de los nacionalizados por la 'ley de nietos' mientras estudia la legalidad de la instrucción del Ministerio de Justicia.
Se abre de nuevo la puerta a que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la suspensión del voto a los nacionalizados a través de la 'ley de nietos' antes de las elecciones del 29 de noviembre.
Tres ciudadanos afectados y representados por el despacho de Baltasar Garzón han presentado en el Tribunal Supremo un escrito pidiendo que se anulen las medidas cautelares que paralizan el derecho al sufragio activo de 163.020 nacionalizados. La figura jurídica utilizada, un incidente de nulidad de actuaciones, se presenta como paso previo a solicitar amparo en el Constitucional. Fuentes del despacho estiman que los tiempos podrían cuadrar y el asunto podría llegar al TC antes de los comicios.
Si las pretensiones de estos tres ciudadanos españoles se cumplieran, el órgano de garantías podría llegar a anular cautelarmente la medida cautelar adoptada por el Supremo, lo que permitiría votar a los nacionalizados a través de la 'ley de nietos' en los comicios convocados por Pedro Sánchez. Después, el Constitucional debería entrar a analizar el fondo del asunto. Si no se permitiera votar a los nacionalizados en las elecciones del 29N pero finalmente el Constitucional estimara que la suspensión de su derecho a voto fue contraria a la ley, esto abriría una vía para intentar impugnar el proceso electoral.
En cualquier caso, antes que el asunto llegue al TC, la Sala Tercera del Supremo debe responder al incidente de nulidad, estimándolo o descartándolo. Fuentes del despacho de Baltasar Garzón, ILOCAD, estiman que "es probable que la próxima semana el Supremo se haya pronunciado".
Confirman asimismo que su intención es, en caso de que el Supremo desestime su escrito, acudir al TC. El Tribunal Constitucional no forma parte de la jurisdicción ordinaria, no está integrado en el Poder Judicial. Su función es la de actuar como máximo garante de la constitución y proteger los derechos fundamentales que recoge la Carta Magna. Para cumplir con este último propósito existe una herramienta llamada recurso de amparo.
Para que un ciudadano pida al Constitucional que le ampare frente a la vulneración de sus derechos fundamentales derivada de la actuación de la justicia, antes se debe haber agotado la vía jurisdiccional. Estos tres ciudadanos no pueden acudir al TC si no han agotado todas las vías posibles ante el Supremo. Por eso es imprescindible la presentación de un incidente de nulidad, según confirman fuentes de su defensa y otras del Tribunal Supremo.
Cuando el incidente se haya resuelto, los tres ciudadanos podrán, además de pedir amparo, solicitar al Constitucional que adopte una medida cautelar que anule de inmediato la suspensión decretada por el supremo, también cautelarmente.
El recurso frustrado del Defensor del Pueblo
Esta semana, el Pleno del Constitucional rechazó la admisión de un recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, que reclamaba exactamente lo mismo que estos tres nacionalizados: anular la suspensión del derecho a voto decretada cautelarmente por el Supremo y paralizarla cautelarmente antes de tomar la decisión final sobre el asunto. Diez de los doce magistrados del Pleno rechazaron la admisión por el carácter "prematuro" del escrito del Defensor Ángel Gabilondo.
El órgano de garantías expuso que aún no se había agotado la vía jurisdiccional y destacó que el Supremo mantenía abierto un plazo para que los perjudicados por las cautelares se personaran y presentaran las correspondientes alegaciones. Ese plazo terminó el jueves. Entre los personados están los representados por el despacho de Baltasar Garzón, que preparan el terreno para acudir al Constitucional en un escenario distinto.
La decisión del Supremo
El Tribunal Supremo mantiene abierto un procedimiento para determinar la legalidad de la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia para acotar el sistema de nacionalización de extranjeros en virtud de la 'ley de nietos'. La norma da la posibilidad de obtener la nacionalidad a los extranjeros descendientes de españoles que huyeran del país durante la guerra civil y el franquismo por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de identidad sexual. El alto cargo de Justicia Sofía Puente dictó una instrucción que estableció el modo de determinar la condición de exiliado político. La instrucción presume esa condición a todos los españoles que se fueron del país entre 1936 y 1955.
El Supremo está estudiando dicha instrucción y, entre tanto, ha acordado suspender cautelarmente el derecho a voto de quienes se nacionalizaron por esta vía. La decisión cautelar comporta, a juicio del despacho de Garzón, una vulneración del derecho de sufragio activo, del principio de igualdad y del derecho a la tutela judicial efectiva.
"Ni la Constitución española ni la ley orgánica de Régimen Electoral General contemplan la posibilidad de suspensión del derecho de sufragio activo", sostiene el escrito presentado ante el Tribunal Supremo, al que accedió 20minutos. Añade que se ha "consumado" una "indefensión material", dado que la adopción de medidas cautelares tuvo lugar antes de que pudieran personarse los afectados, pese a que "afectan directamente" a su derecho de sufragio activo.
El abogado del despacho sostiene que "los autos adoptados en materia de medidas cautelares son arbitrarios". Aduce incluso que las cautelares son "ilegales, porque el derecho de sufragio activo no puede ser suspendido por resolución judicial directa, menos aún por auto de medidas cautelares en el ámbito contencioso-administrativo".
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El Tribunal Supremo se pronunciará sobre el incidente de nulidad la próxima semana.
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