Fiscalía y Abogacía del Estado se oponen a suspender inscripción electoral de beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática
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La Fiscalía y la Abogacía del Estado se han opuesto en el Tribunal Supremo a la suspensión de la inscripción en el censo electoral de los beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática, conocida como ley de nietos, argumentando que dicha medida privaría a nuevos españoles del derecho al voto, un derecho fundamental, y que el recurso de Vox e Iustitia Europa es prematuro y busca torpedear la ley.
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La Ley de Memoria Democrática, conocida como ley de nietos, otorga nacionalidad española a descendientes de exiliados y emigrantes. La Junta Electoral Central declaró en julio que no era competente para pronunciarse sobre los efectos de esta ley en el censo electoral, lo que fue impugnado por Vox e Iustitia Europa ante el Tribunal Supremo.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado se han opuesto este lunes en el Tribunal Supremo a que se suspenda la inscripción en el censo electoral de los beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática, la llamada ley de nietos, que otorga la nacionalidad a los descendientes del exilio y la emigración. La paralización de esa inscripción ha sido reclamada como medida cautelar por Vox y el partido Iustitia Europa, dentro del recurso que han presentado en el alto tribunal contra un acuerdo del pasado julio de la Junta Electoral Central (JEC) por el que este órgano se declaró incompetente para pronunciarse sobre los efectos en el censo de la ley de nietos. Tanto el ministerio público como la Abogacía consideran que lo que pretenden realmente los partidos de ultraderecha al impugnar ese acuerdo es torpedear dicha ley y han reclamado al Supremo que rechace sus peticiones porque, entre otros efectos, la suspensión de la inscripción en el censo privaría a esos nuevos españoles del derecho al voto, un derecho fundamental recogido en la Constitución.
Los partidos, el letrado de las Cortes (que representa al Instituto Nacional de Estadística), la Abogacía y la Fiscalía han expuesto sus argumentos durante dos vistas consecutivas (una por cada recurso) celebradas en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. Por parte de Vox ha intervenido el eurodiputado Jorge Buxadé, quien ha advertido a los jueces de que, si deniegan su petición, el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) “va a continuar aumentando de forma anómala cuando no ilegal”. “Se habrá contribuido a un gigantesco y masivo fraude”, ha asegurado.
Según los últimos datos facilitados a finales de junio por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, hasta el pasado 31 de marzo, 2,4 millones de personas habían pedido cita en oficinas consulares para presentar su solicitud de acceso a la nacionalidad acogiéndose a la Ley de Memoria; 1,2 millones se presentaron oficialmente en dichas oficinas y 544.722 ya han sido aprobadas, de las cuales, 306.000 ya están inscritas en el registro. Buxadé, por su parte, ha añadido otros datos: que el censo de residentes en el exterior se ha incrementado en los dos últimos meses en más de 29.000 personas, y en 403.466 desde 2023, “ante el volumen masivo de nuevos nacionales sin arraigo ni de los ni de sus padres ni de sus abuelos”. Este aumento, no obstante, no se debe solo a las nacionales derivadas de la ley de nietos, sino a todas las otorgadas en ese periodo.
El presidente de Iustitua Europa, Luis Pardo, también ha reclamado al Supremo que suspenda los efectos censales de la ley de nietos ante el riesgo de que haya “efectos irreversibles” sobre el CERA. “El riesgo es muy concreto: que la sentencia llegue cuando ya no pueda ser materialmente útil”, ha señalado Pardo tras subrayar que el censo para las elecciones autonómicas y municipales de 2027 se cerrará dentro de 116 días, el próximo 1 de enero. El presidente de Iustitia ha puesto el foco en el CERA, advirtiendo de que los ficheros oficiales identifican 162 municipios donde los electores inscritos en este censo igualan o superan a los residentes en España y 558 donde alcanzan al menos el 50 % del total.
El representante de la Junta Electoral ha negado que este órgano haya incurrido en la “abdicación” de responsabilidades de la que le acusan los dos partidos ultras y ha recordado que la JEC ha reclamado a la Oficina del Censo Electoral más información sobre la actualización del CERA y ha pedido la elaboración de una instrucción sobre aspectos que no han quedado claros, como el criterio por el que se determina en qué municipio se inscribe a cada elector del CERA. Para el letrado de las Cortes, por tanto, el recurso en el Supremo es “prematuro”.
Tanto este abogado como la abogada del Estado y el fiscal han negado que el rechazo de la petición de los dos partidos pueda causar “perjuicios irreparables”, uno de los criterios esenciales para la admisión de una medida cautelar. Para el ministerio público y los representantes del Gobierno y las Cortes, lo que sí causaría un daño irreversible es suspender la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la ley de nietos, porque les privaría del derecho al voto.
“El derecho de sufragio es un derecho fundamental y no puede suspenderse de forma colectiva”, ha recordado el letrado de las Cortes, mientras que la abogada del Estado ha recalcado que la ley electoral (Loreg) establece el carácter obligatorio de la inscripción en el censo de todos los españoles mayores de 18 años, sin distinguir la vía de acceso a la nacionalidad, y que ese derecho solo puede ser suspendido por una sentencia penal firme.
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El Tribunal Supremo rechazará la medida cautelar solicitada por Vox e Iustitia Europa
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Open Questions
- ¿Cuál será la resolución final del Tribunal Supremo sobre el recurso?
- ¿Cómo afectará la inscripción censal de los nuevos nacionales a las elecciones de 2027?
- ¿Se establecerán criterios claros para la inscripción en el CERA de ciudadanos obtenidos por la ley de nietos?






