El TSJC mantiene las cuestiones prejudiciales sobre la amnistía de Jové y Salvadó
El tribunal catalán considera que la reciente sentencia del TJUE no resuelve todas las dudas sobre el delito de malversación en el caso del 1-O.
Quick Look
- El TSJC ha rechazado aplicar la amnistía a Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, manteniendo las cuestiones prejudiciales ante el TJUE.
- El tribunal considera que la reciente jurisprudencia europea no despeja todas las dudas sobre la malversación en el caso del 1-O.
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Why It Matters
Jové y Salvadó están acusados por su papel en la organización del referéndum del 1-O de 2017. El TSJC elevó en 2024 cuestiones prejudiciales sobre la Ley de Amnistía y el delito de malversación.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado las peticiones de amnistía del ex secretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové y del ex secretario de Hacienda Lluís Salvadó, ambos de Esquerra Republicana, y mantiene las cuestiones prejudiciales que elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Jové y Salvadó están acusados de malversación, prevaricación y desobediencia por su papel en la organización del referéndum del 1-O del año 2017, cuando eran altos cargos del Govern de la coalición Junts pel Sí presidido por Carles Puigdemont y del que el líder de ERC, Oriol Junqueras, era vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda.
En su resolución, la Sala Civil y Penal del TSJC argumenta que "la naturaleza de los procedimientos desde los que los tribunales nacionales plantearon las cuestiones prejudiciales ya resueltas por el TJUE [en julio] difiere radicalmente" del que afecta a los dos dirigentes republicanos.
En 2024, el TSJC elevó una cuestión prejudicial para que el TJUE examinase la adecuación de la aplicación de la Ley de Amnistía, aprobada en mayo de ese año, al delito de malversación de fondos públicos por el que ambos están acusados.
Hace un mes y medio, el TJUE emitió dos sentencias sobre el proceso independentista catalán, una de ellas respondiendo a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable de Puigdemont, el ex president Artur Mas y otros altos cargos de la Generalitat en el uso de fondos públicos para financiar el procés. La otra, presentada por la Audiencia Nacional, afectaba a miembros de los CDR investigados por delitos de terrorismo.
El 16 de julio, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó que el Derecho de la UE no se opone a que la Ley de Amnistía perdone la responsabilidad contable por acciones ejecutadas "en el contexto de actividades políticas dirigidas a conseguir la independencia de una parte del territorio nacional de un Estado miembro y referente a fondos que no provienen de la UE ni están destinados a este".
El Alto tribunal catalán considera que la sentencia del TJUE "no alcanza a responder" todas las dudas planteadas en este caso, por lo que acuerda mantener en los mismos términos las cuestiones prejudiciales formuladas en 2024 hasta tener una respuesta y mantener la suspensión en la tramitación de la causa.
No obstante, el TSJC admite que el pronunciamiento de la corte de Luxemburgo "contiene una batería de consideraciones que, sin esfuerzo, pueden resultar transpuestas y ofrecer respuesta a algunas de las premisas que alimentaron las reservas de adecuación normativa expresadas" en el auto de hace dos años.
La Fiscalía presentó un escrito en el que indicaba que la sentencia del TJUE no resolvía "de forma idéntica" las cuestiones planteadas por la Sala y dejó a criterio del TSJC la decisión de retirar o mantener las cuestiones prejudiciales. Por su parte, la Abogacía del Estado no se opuso a que fueran retiradas y se aplicase la amnistía, mientras que la acusación popular, ejercida por Vox, pidió mantenerlas.
What to Watch
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El TSJC mantendrá la suspensión de la causa hasta recibir respuesta del TJUE.
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Open Questions
- ¿Cuál será la respuesta final del TJUE a las cuestiones planteadas?
- ¿Se aplicará finalmente la amnistía a los acusados?






